O´LEARY Nº 1066
(Los documentos autorizados por Escribanos Públicos son los legalizados por el Colegio; por ésta razón es la que estos documentos inician sus trámites desde el Colegio) luego pasan;
ALONSO Y TESTANOVA (SAJONIA)
(Los documentos previamente legalizados por el Colegio de Escribanos siguen su tramite de legalización en el Palacio de Justicia donde es legalizada la firma y sello del Escribano autorizado a la firma de legalizaciones por parte del Colegio de Escribanos) luego pasan;
EE.UU. Y RCA. de Colombia
(Los documentos legalizados anteriormente son legalizados por el Ministerio de Justicia y Trabajo en el Edificio donde funciona el Registro Civil, donde es legalizada la firma de la persona autorizada por el Poder Judicial) luego pasan;
14 DE MAYO ENTRE PALMA Y ESTRELLA
(Los documentos legalizados anteriormente pasan al Ministerio de Relaciones Exteriores para ser legalizados todas las firmas anteriores y sean habilitadas las mismas para el Consulado correspondiente) y por último;
El costo está sujeto a cada Consulado.
(Todos los trámites previos al Consulado son requerimientos exigidos por los mismos).
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