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Circular Nº 24 Dept. Ingresos Judiciales - C.S.J.
Que dice: ... Conforme al Dictamen Nº 226/09 de Asesoría Jurídica Administrativa de la C.S.J., y a la Nota Nº 668/09 de la Dirección General de Registros Públicos, la aplicación de la Tasa Judicial conforme a la Ley Nº 669/95 y la Tasa Especial Ley Nº 118/91 para el cobro de Rubricación de Libros y de formularios continuos se procederá de la siguiente forma.. (click en el título para expandir la noticia)
HOJAS DE FORMULARIOS CONTINUOS * En Tasa Judicial - 40% salario mínimo (Gs. 21.675) por la cantidad presentada. * Tasa Especial - 30% salario mínimo (Gs. 16.256) por cada destino de formularios continuos (diario, inventario, caja, venta). LIBROS POR JUEGO En caso de Rubricación de libros será aplicado de la siguiente manera: * En Tasa judicial - 40% salario mínimo (Gs. 21.675) Por juego de libros (caja, diario, inventario). * Tasa Especial - 30% salario mínimo (Gs. 16.256) por cada asignación de libros a ser rubricados. * Cualquier otro libro que se agregue a los ya mencionados, se aplicará el costo de la Tasa Judicial y la Tasa Especial.
 
 

Colegio de Escribanos del Paraguay .
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