Que continúan los atrasos, en la expedición de los Certificados Catastrales a cargo del Servicio Nacional de Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda; trámite obligatorio para las transferencias e Hipotecas de bienes inmuebles.
Que el Colegio realizó y realiza numerosas gestiones para la agilización del sistema operativo no teniendo la respuesta esperada por parte de los responsables de la oficina respectiva, sumándose a las numerosas dificultades existentes la puesta en vigencia del Decreto Nº 3645 del 2009 que aumentó considerablemente los aranceles y creó ítems inexistentes, situación con la que el Colegio expresó y expresa su total disconformidad.
Que el día viernes 22 de enero se inició la distribución para su tramitación de los expedientes ingresados el 31 de diciembre de 2009 en la sección cuentas corrientes (Catastro Urbano) y en la sección Padrones (Catastro Rural) iniciaron las tramitaciones de expedientes ingresados el 13 de enero del 2010.
Por tanto, se deslinda de toda responsabilidad al Escribano Público imposibilitado de autorizar las Escrituras en las que se necesitan los Certificados Catastrales, siendo de exclusiva responsabilidad del SERVICIO NACIONAL DE CATASTRO la no formalización de dichos instrumentos y la consecuente paralización del tráfico comercial de los requirentes de todo el país.