Cronología de la Delegación de la Administración de los Materiales de Uso Notarial desde el año 1.990 a la actualidad. A- SÍNTESIS JURÍDICA Que, por Resolución N° 674 de fecha 10 de octubre de 1994 la Corte Suprema de Justicia autoriza a los notarios públicos el uso de los timbrados especiales (protocolos y sellados) impresos y distribuidos por el Colegio de Escribanos del Paraguay sin condicionamiento alguno. Que, la CSJ dictó la Acordada N° 117, de fecha 5 de mayo de 1.999, que en su Art. 3°) estableció “El producido de la venta de los materiales de uso notarial, luego de deducido el costo de impresión, será distribuido como sigue: 70% (setenta por ciento) para la financiación de los distintos programas previstos en el presupuesto aprobado del Poder Judicial. El 30% (treinta por ciento) para el Colegio de Escribanos del Paraguay por el servicio…” Que, el CEP, recurrió este Art 3°, respondiendo la CSJ por medio de la Acordada N° 128, de fecha 15 de octubre de 1.999 que, en su parte resolutiva, dispuso: “por tanto, en uso de sus atribuciones, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, ACUERDA: Art. 1°. Ratificar la vigencia de los Arts. 1° y 2° de la Acordada N° 117 de fecha 5/05/99, y disponer el reestudio del Art. 3° de la misma, con suspensión de sus efectos mientras dure tal estudio…” Que, de conformidad a las disposiciones señaladas, la obligación que reclama la CSJ debe ser reestudiada, es decir, NO ESTÁ DETERMINADA, requisito esencial para que exista obligación, y más aún, se halla SUSPENDIDA EN SUS EFECTOS; por tanto, NO PUEDE EXIGIRSE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN, según lo establece el CÓDIGO CIVIL, en su Art. 323, que dice: “Pendiente la condición suspensiva no puede exigirse el cumplimiento de la obligación a ella subordinada”
B. CONVENIOS VARIOS AÑO 2.007
Con el objeto de establecer bases de cooperación y asistencia interinstitucional recíproca entre las partes, en temas de interés mutuo. Dar amparo y fundamento legal a futuros planes de trabajo de cooperación mutua, pronta y eficaz entre las distintas unidades, que se originen de preocupaciones comunes o que surjan del deseo de colaboración de las partes en temas específicos. AÑO 2.009
Con el objeto del desarrollo de una campaña con estrategia de comunicación y producción de materiales educativos. AÑO 2.010
Con el objeto del desarrollo de una campaña con estrategia de comunicación y producción de materiales educativos, en el contexto referido se procederá a: Capacitar a Supervisores, Directores, Profesores y Alumnos del Segundo año de la media en la negociación y mediación escolar. Realizar acciones para concienciar sobre el servicio de Mediación en el país a través de la Oficina de Mediación de la CSJ y del Centro de Mediación del CEP (CEMCEP) mediante la Campaña. AÑO 2.011
Con el objeto de establecer relaciones de colaboración académica y científica, destinadas al desarrollo de la aplicación de los Métodos RAC, específicamente la Mediación. AÑO 2.012
Con el objeto de la implementación de un Proyecto Específico referente a la Realización del Evento Internacional denominado Comité Latinoamericano de Consulta Registral, para el cual el Paraguay obtuvo su nominación como sede por Resolución del último Encuentro realizado en Santo Domingo-República Dominicana en mayo del año dos mil once.
Con el objeto de establecer relaciones de colaboración académica y científica, destinadas al desarrollo de la aplicación de los Métodos Alternativos de resolución de Disputas, específicamente Mediación. AÑO 2.016
Con el objeto de establecer un marco general de cooperación para coordinar políticas de capacitación entre ambas partes. AÑO 2.017 ADDENDA N° 3 AL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY. Firmado el 08 de junio de 2017. Fdos. Esc. Ana Manuela González Ramos, Presidenta CEP; Esc. José Ramón Franco Tubino, Secretario de Relaciones CEP; Dr. Luis María Benitez Riera, Presidente CSJ
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C- PRINCIPALES ARCHIVOS
AÑO 1.989 – RESOLUCIÓN N° 315 de fecha 23 de agosto de 1.989.
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AÑO 1.994 – INICIO DE LA DELEGACIÓN AL COLEGIO DE ESCRIBANOS EL PARAGUAY (SIN REFERENCIA A PORCENTAJE ALGUNO)
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AÑO 1.999
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SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS A PEDIDO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
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TRASLADO DEL ARCHIVO DE LOS PROTOCOLOS NOTARIALES – SEDE DEL CEP O´LEARY 950
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CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS ACONTECIDOS POR EL JUSTO RECLAMO DEL COLEGIO POR LA ADMINISTRACIÓN DE LOS MATERIALES – tal cual se puede cotejar con la lectura de este historial: AÑO 1990
AÑO 1.992
AÑO 1.994 – INICIO DE LA DELEGACIÓN AL COLEGIO DE ESCRIBANOS EL PARAGUAY (SIN REFERENCIA A PORCENTAJE ALGUNO) – EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY SE HIZO CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS MATERIALES (HOJAS DE PROTOCOLO – DE TESTIMONIOS)
AÑO 1.997
SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS A PEDIDO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
AÑO 2.000
AÑO 2.014 NOTA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
NOTA COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
AÑO 2.015 NOTA COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
AÑO 2.017 ADDENDA N° 3 AL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
AÑO 2.018 NOTA DIRECCIÓN FINANCIERA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
TRASLADO DEL ARCHIVO DE LOS PROTOCOLOS NOTARIALES – SEDE DEL CEP O´LEARY 950
MEMORANDO 001/2018 COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
AÑO 2.019 NOTA COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY
AÑO 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (se adjunta PDF)
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY - PEDIDO DE RECONSIDERACIÓN (se adjunta PDF)
NOTA DE APOYO INTERNACIONAL AL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY- PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS AMERICANOS (CAAm) DR. DAVID FIGUEROA MÁRQUEZ - ENTRADA CSJ N° 9521 (se adjunta PDF)
NOTA DE APOYO INTERNACIONAL AL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY- PRESIDENTA DE LA UNIÓN INTERNACIONAL DEL NOTARIAL (UINL) DRA. CRISTINA N. ARMELLA - ENTRADA CSJ N° 10309 (se adjunta PDF)
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY - SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO
15 DE SETIEMBRE DE 2020 - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – RECHAZO DE LA NOTA I/CSJ 102 DEL CEP (se adjunta PDF)
Rechazar categóricamente cada uno de los términos arribados en la referida nota. Intimar por el plazo de 5 (cinco) días hábiles al Colegio de Escribanos del Paraguay para que proceda al pago íntegro de la suma adeudada de 13.885.594.488 (guaraníes trece mil ochocientos ochenta y cinco millones quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho) más intereses, caso contrario, se asumirá el rechazo de dicha petición, y se procederá a accionar el reclamo ante el fuero pertinente. Dicha suma resulta del cálculo del 70% de las ganancias percibidas por dicho Colegio en razón de la venta de los materiales de uso notarial desde el año 2014 hasta diciembre del año 2019, de conformidad al informe N° 2/20, del 23 de julio de 2020, presentado por el equipo técnico designado para la cuantificación de la venta de materiales de uso notarial, con arreglo a lo dispuesto en las Acordadas C.S.J. N° 117/1999 y 881/2014, con expresa reserva del posterior cobro de los montos adeudados por la venta de materiales de uso notarial del año en curso que se encuentran pendientes de cuantificación, los intereses, costos y costas que pudieran suscitarse. COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY - SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO – RECHAZO E INTIMACIÓN
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (se adjunta PDF)
SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO – INFORME DE LA SITUACIÓN DE LA DEMANDA DEL CEP ANTE EL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE LA NULIDAD DE LAS ACORDADAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA N° 117 DEL 5 DE MAYO DE 1999 Y N° 881 DEL 4 DE MARZO DE 2014.
TRIBUNAL DE CUENTAS, PRIMERA SALA – DECLARAR LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA PROMOVIDA POR EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY.
En la misma fecha, el Abog. Marcelino Gauto Bejarano (MATR. 589), por la representación del Colegio de Escribanos del Paraguay, en los autos caratulados: “COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY c/ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA s/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO”, por medio de la presentación interpone recurso de apelación y nulidad de la A.I. N° 931 de fecha 14 de diciembre de 2020, a todos los efectos procesales que correspondan. SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO – RATIFICACIÓN DE LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO ABC COLOR – PÁGINA 9 – POLÍTICA DEL 07-12-2020 SOBRE LA PROLIFERACIÓN DE OFICINAS CLANDESTINAS NO HABILITADAS POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE COMPRA DE LIBRO DE REGISTRO DE FIRMAS 12. El 18 de diciembre de 2020, el Presidente convocó a Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo telemáticamente a efectos de ratificar la publicación en el Diario Abc Color aprobado previamente en el chat del Consejo Directivo por unanimidad en relación a la preocupación por la grave situación que genera la proliferación de oficinas clandestinas no habilitadas por la Corte Suprema de Justicia que fungen de estudios jurídico-notariales o consultorías y ofrecen servicios de trámites y contratos que son de competencia exclusiva de los Escribanos Públicos con Registro Notarial otorgado por la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, se trató y aprobó por mayoría el Reglamento de compra de libro de Registro de Firmas y se publicó por los medios de comunicación (redes y chats) a todos los escribanos de la República. COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA DE RENUNCIA COMO MIEMBRO TITULAR DE LA CONSEJERA CLAUDIA ROCIO FACCIOLI GIMÉNEZ (se adjunta PDF)
AÑO 2.021 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – SESIÓN PLENARIA ORDINARIA DEL 17-01-2021 (link de la sesión) https://www.youtube.com/watch?v=KBT5UKNi2KQ&feature=youtu.be
En la misma fecha, en horas de la tarde publicaron en su página web www.pj.gov.py las decisiones de la Plenaria de la Corte Suprema de Justicia en el punto N° 12 el siguiente texto: 12. APROBAR el dictamen UOC N° 02/2021 PAC N° 03/2012 Denominación del llamado: “Provisión de hojas de Seguridad para Actuaciones Notariales – Contrato Abierto – Ad Referéndum” Modalidad C.E. (Contratación por Excepción)
SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO – RATIFICACIÓN DE TODAS LAS DECISIONES TOMADAS POR EL CONSEJO DIRECTIVO EN RELACIÓN A LA DEMANDA CONTRA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 124 de fecha 18/01/2021 con Entrada ante la CSJ N° 729 en fecha 19/01/2021.
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 125 de fecha 26/01/2021 con Entrada ante la CSJ N° 1099 (se adjunta PDF)
En tal sentido, y ante la posibilidad de quedar sin abastecimiento de materiales de uso notarial mientras dure el proceso de licitación, el Colegio de Escribanos del Paraguay suscribió una adenda con la firma AGZ S.A. para garantizar contar con materiales de uso notarial en existencia suficiente. Es de destacar que la función notarial es esencial para la seguridad jurídica y el movimiento económico de la República, y no puede verse interrumpida por falta de materiales mientras dure el proceso de licitación; más aun considerando el ingreso de numerosos notarios públicos a partir del concurso de oposición a llevarse a cabo el día 12 de febrero de 2021 que otorgará en usufructo nuevos registros notariales aumentando con ello el número de notarios en actividad a la cantidad 1.300 (un mil trescientos) a lo largo y ancho de la República. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – SESIÓN PLENARIA 27-01-2021 (link de la sesión) https://www.youtube.com/watch?v=hQpFhq9jvAo&feature=emb_logo
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA XV CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA NOTARIOS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL EXAMINADOR DE LOS CONCURSOS DE OPOSICIÓN PARA NOTARIOS DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY (link de la sesión)
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 126 de fecha 29/01/2021 con Entrada ante la CSJ N° 1267 en fecha 29/01/2021.
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 127 de fecha 29/01/2021 con Entrada ante la CSJ N° 1341 en fecha 29/01/2021. NOTA I/CSJ 127 de fecha 29/01/2021. a fin de ampliar la nota I/CSJ 126 y remitirle adjunto fotocopia de la nota y del Certificado del Acta de Defunción ingresada en ésta Institución con entrada N° 60111 de fecha 29/01/2021, informando sobre el fallecimiento del Escribana María Justina Espínola Pages, Titular del Registro N° 506 de Asunción. En ese sentido, solicitamos respetuosamente declarar vacante el registro y disponer su inclusión cómo corresponde en el llamado al 15° concurso de oposición a realizarse el próximo mes de febrero de 2021.
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA DE RENUNCIA COMO MIEMBRO TITULAR DEL CONSEJERO BERNARDO ANTONIO APONTE CARBALLO (se adjunta PDF)
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 128 de fecha 1°/02/2021 con Entrada ante la CSJ N° 1413 (se adjunta PDF)
2°. Expresamos la preocupación y a la vez respetuosamente requerimos una explicación referente a la exclusión de representantes del Colegio en la participación en carácter de integrante del Tribunal Examinador del 15° Concurso de Oposición Para Notarios de la República, sustituidos por las Directoras de la Dirección General de los Registros Públicos y Dirección del Registro de Automotores (Acordada 1456/20, Art. 5° inc. e), resuelto en Sesión Plenaria CSJ el 27-01-2021. Resaltamos la intachable labor en la materia a lo largo de todos estos años del Colegio de Escribanos del Paraguay, además de ser garantía de especialidad y tecnicismo en la formulación de los exámenes con énfasis notarial para los concursantes, por lo que no nos explicamos cómo un concurso de escribanos - habilitante para acceder a tan delicada función- pueda llevarse a cabo sin la participación de Notarios Públicos en ejercicio de la función notarial, cuya suma de experiencia y trayectoria es natural, clave e irreemplazable en tal Tribunal Examinador. Por lo que solicitamos formalmente la reconsideración de la exclusión de los representantes del Colegio de Escribanos del Paraguay. Asimismo, solicitamos que la presente nota sea tratada en el Plenario de la Corte Suprema de Justicia de fecha 03 de Febrero de 2021; y a la vez se nos conceda una audiencia presencial o telemática para aclarar las interrogantes que se plantean con la nueva forma de provisión de materiales de uso notarial. REUNIÓN INTERNACIONAL PREOCUPACIÓN SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE MATERIALES DE USO NOTARIAL
Al respecto, en fecha 09/02/2021 el Presidente tuvo una entrevista con PDS Judicial en virtud a la reunión con los organismos internacionales.
04 DE FEBRERO DE 2021 NOTA DE RENUNCIA COMO MIEMBRO SUPLENTE DE LA CONSEJERA GRACIELA ROSA ALDERETE TALAVERA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – NOTA N.S. N° 5655 DE FECHA 04/02/2021
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 129 de fecha 05/02/2021 con Entrada ante la CSJ N° 1617 (se adjunta PDF y link de la Sesión Plenaria CSJ)
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 130 de fecha 12/02/2021 con Entrada ante la CSJ N° 2006 (se adjunta PDF y link de la Sesión Plenaria CSJ)
En tal sentido tenemos a bien dirigirnos a V.E. a objeto de solicitar aclaración sobre los siguientes puntos: 1°) Procedimiento a seguir en lo referente a la Rúbrica del Libro de Registro de Firmas: ¿Cuál sería el procedimiento a seguir en cuanto a la Rúbrica del Libro de Registro de Firmas?. En la Acordada citada no se menciona al Libro de Registro de Firmas, su rúbrica y menos al mecanismo de adquisición de éste material de uso exclusivo de los Notarios (no se ha licitado la compra según el portal de Contrataciones Públicas). Estas referencias se encontraban en la Resolución Nº 106 del 20/03/1990 hoy derogada que facultó al Colegio de Escribanos del Paraguay editar y administrar el Libro de Registro de Firmas, hoja de seguridad y legalizaciones. Posteriormente por Resolución N° 264 del 31/07/1990 se aprobaron los modelos propuestos por el CEP y por Resolución 64 del 11/03/1992 se reglamentaron las Resoluciones Nros. 106/90 y 264/90 ya mencionadas y se disponía la rubricación. 2º) En cuanto a la rúbrica: Respecto a la interpretación de los Artículos números: 122, 152 y 153 de la Ley Nº 879/81, que hacen referencia a la rúbrica de las hojas de protocolo y del Libro de Registro de Firmas, conforme al orden de prelación de las normas, ¿Puede la Corte Suprema de Justicia por una resolución derogar lo establecido en los artículos de la mencionada Ley? SECCION IV DE LA ESCRIBANIA Y SU REGISTRO Art. 122.- Toda escritura deberá iniciarse en la primera plana o carilla del sello inmediatamente siguiente al de la escritura anterior, debiendo considerarse plana o carilla aquella en que consta el número del sello y la rúbrica o foliatura respectiva. Los espacios libres de papel sellado que queden entre el final de una escritura y el comienzo de otra, pueden ser utilizados por los notarios para las notas de expedición de testimonios, constancias de oficios judiciales y demás anotaciones que se refieran a esa escritura. El espacio sobrante deberá anularse. SECCION VI DE OTROS DOCUMENTOS NOTARIALES Art. 152.- Los Escribanos deberán habilitar un libro especial para Registro de Firmas que servirá para autenticar o certificar las firmas que obran en documentos privados. Art. 153.- Cada libro de registro de firmas estará foliado y rubricado por el Tribunal, y en él se individualizará a los firmantes; tendrá numeración correlativa y la fecha correspondiente. Esta consulta la realizamos a fin de comunicar a todos los Escribanos de la República del Paraguay. En el minuto 41:37 de la Sesión Plenaria de fecha 17/02/2021, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia trató la nota del CEP I/CSJ 130 (se adjunta el link de la Sesión Plenaria) https://www.youtube.com/watch?v=G4a70xj6KiI
NOTA DE APOYO DE LA ESCRIBANA ELSA ISABEL GIMÉNEZ DE ÁVALOS
08 DE FEBRERO DE 2021 NOTA N.S. N° 5677 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA En fecha 08/02/2021, se recibió en el CEP la nota N.S. N° 5677 firmado por el Dr. Gonzalo Sosa Nicoli, Secretario General CSJ y por el Lic. Miguel A. Basualdo F., Director General D.G.A.I. C.S.J. informando que conforme a lo resuelto por el pleno de la CSJ en fecha 03/02/2021 donde en la referida resolución en su Art. 4° Dispone que la Dirección General de Auditoria Interna realice un corte administrativo y documental, a ser certificado por la Secretaria General de la CSJ, consignando la numeración de los últimos materiales de uso notarial vendidos por el CEP al viernes 26 de febrero de 2021. Por lo expuesto, se solicita los buenos oficios para la designación de un responsable, que pueda colaborar en representación del CEP con los funcionarios de la Dirección General de Auditoría Interna en la ejecución del corte administrativo y documental a ser realizado.
NOTA DE APOYO AL CONSEJO DIRECTIVO DE LA DELEGACIÓN DE ESCRIBANOS DE ALTO PARANÁ
NOTA DE APOYO AL CONSEJO DIRECTIVO DE LA DELEGACIÓN ITAPUA
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 132 de fecha 17/02/2021 con Entrada ante la CSJ N° 2242 (se adjunta PDF)
Asumiendo que estamos viviendo tiempos inéditos por causa de la pandemia del COVID 19, vemos con mucha preocupación el incumplimiento explícito de los plazos registrales por parte de la Dirección General de los Registros Públicos, tanto en lo que se refieren a la expedición de Certificados como a la inscripción de los contratos, los cuales, por mandato legal deben expedirse en 10 días y en 20 días respectivamente y están demorando de 45 a 60 días. Entendemos que uno de los factores que contribuyen a estos atrasos es la modalidad de trabajo adoptada por la institución, esto es, en cuadrillas y a que en plena pandemia se han implementado plataformas tecnológicas como la necesidad de obtener Tickets para Entrada y Salida, que más que soluciones han traído más dificultades en las tramitaciones. El incumplimiento de los plazos registrales acarrea un sinnúmero de dificultades legales tanto a nuestros requirentes como a los Escribanos y a la sociedad toda, la cual, en momentos en que más se necesita una reactivación económica, ve entorpecida casi toda la actividad comercial y de intercambio de bienes y servicios, causando un grave e irreparable daño a la economía nacional. Creemos que la solución está en que todas las secciones de la Dirección General de los Registros Públicos abandonen sin dilaciones, el trabajo en cuadrillas y funcionen al pleno de su capacidad. En estas condiciones, venimos a solicitar a V.E. y a esa Excma. Corte, arbitre los medios necesarios en logística o en recursos humanos para lograr que la DGRP se expida dentro de los plazos registrales establecidos en la Ley.
NOTA DE APOYO DE LA UNIÓN INTERNACIONAL DEL NOTARIADO (UINL) Remitida a las siguientes instituciones: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (se adjunta pdf) Presidente de la Corte Suprema de Justicia Prof. Dr. Alberto Martínez Simón, con entrada N° 2369; Presidente electo Dr. César Manuel Diesel Junghanns entrada N° 2370; Dr. César Garay Zucolillo, Vicepresidente Primero con entrada N° 2371; Dr. Luis María Benítez Riera, Vicepresidente Segundo con entrada N° 2372; Dr. Antonio Fretes, Ministro con entrada N° 2373; Dra. Gladys Bareiro de Módica, Ministra con entrada N° 2374; Dr. Eugenio Jiménez Rolón, Ministro con entrada N° 2375; Dra. María Carolina Llanes Ocampos, Ministra con entrada N° 2376
Presidente Pedro Alliana Rodriguez con entrada en fecha 18/02/2021 recepcionada por Raquel Riquelme.
Presidente Oscar Rubén Salomón Fernández con entrada en fecha 18/02/2021 recepcionada por Mario Villalba.
Ministra Celilia Pérez Rivas con entrada N° 2061/21 en fecha 18/02/2021 recepcionada por Hanna Álvarez.
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 133 de fecha 19/02/2021 con Entrada ante la CSJ N° 2398 (se adjunta PDF)
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – NOTA NDGAI-21-140 de fecha 22/02/2021 con Entrada ante la institución N° 60467 (se adjunta imagen)
COLEGIO DE ESCRIBANOS DEL PARAGUAY – NOTA I/CSJ 150 de fecha 22/02/2021 con Entrada ante la DGAI - CSJ (no tan legible N° --108) (se adjunta PDF)
NOTA DE APOYO DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS AMERICANOS (CAAm) DE LA UNIÓN INTERNACIONAL DEL NOTARIADO (UINL) (se adjuntan PDF)
La Comisión de Asuntos Americanos de la UINL, constituida por los presidentes de los países miembros de la Unión y pertenecientes al continente americano tiene como objetivos, entre otros, prestar asistencia y cooperación a los notariados miembros para fortalecer las organizaciones de cada país en su preparación académica y/ legislativa, como también auspiciar métodos de coordinación entre los notariados y sus respectivos órganos de superintendencia del Estado. En este sentido, hemos visitado de manera virtual al notariado paraguayo el pasado 03 de febrero y en la ocasión nos informamos de la situación por la que pasa el notariado paraguayo, país miembro fundador de la Unión, específicamente en dos temas: 1° TEMA: La revocación, por parte de la Corte Suprema de Justicia, de la delegación otorgada al Colegio de Escribanos del Paraguay para la impresión y administración de los materiales de uso notarial. Al respeto, en una nota formal, la presidenta de la Unión Internacional del Notariado, con fecha 12 de febrero del año en curso, expresó los puntos de vista del Consejo de Dirección y en la misma expuso sus argumentos sobre la necesidad que el Estado respalde sus gestiones en forma coordinada con el sector privado afectado a determinada función. En el caso del Poder Judicial, es de gran interés de la ciudadanía del todo el mundo, que el mismo se dedique únicamente a cuestiones jurisdiccionales y no a temas puramente administrativos que bien pueden ser ejercidas de otro modo. Por nuestra parte suscribimos y apoyamos la postura del Consejo de Dirección de la UINL. 2° TEMA: Las autoridades del Colegio de Escribanos de Paraguay expresaron en dicha reunión, lo suscitado en referencia al Concurso de Oposición para Notarios. Conocemos de antigua data la preocupación del Colegio de Paraguay por la selección académica y de capacidades para acceder al concurso de oposición habiéndose logrado a través de una ley el anhelado concurso en el año 1995 (Ley N.º 903/95) La UINL ha observado con beneplácito dicha legislación como un adelanto desde el punto de vista del cumplimiento de los principios de nuestra Unión. Asimismo, estamos al tanto de la participación del Colegio en los 14 concursos celebrados antes de este año. Sin embargo, con mucha sorpresa vemos la ausencia del Colegio en el 15° concurso de oposición para Notarios, sin discutir la idoneidad jurídica de quienes conforman el jurado. Sin pretender inmiscuirnos en asuntos internos de otros países, con todo respeto nos permitimos poner a vuestro conocimiento que es de sumo interés de nuestra Unión dar intervención al órgano gremial que nuclea a quiénes por experiencia y conocimientos académicos tienen la preparación adecuada para evaluar a quienes serán sus pares en el ejercicio de la profesión. Como simple ejemplo citamos: si fueran futuros cirujanos, mal podrían ser evaluados por químicos, por el solo hecho de que ambos sean profesionales de la salud. Por todo lo expuesto, ponemos a su disposición la experiencia de la CAAm (Comisión de Asuntos Americanos), para cooperar con el establecimiento de planes estratégicos coordinados entre la autoridad de superintendencia, la Corte Suprema de Justicia y el órgano gremial afectado, el Colegio de Escribanos del Paraguay. Muy respetuosamente solicitamos, al efecto, una audiencia personal o telemática para presentar los respetuosos saludos y exponer la argumentación para tan importante tema. ATENTAMENTE. DAVID FIGUEROA MÁRQUEZ, PRESIDENTE
REMITIDA A LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Presidente de la Corte Suprema de Justicia Dr. César Manuel Diesel Junghanns con entrada N° 2554 en fecha 22/02/2021; Dr. César Garay Zucolillo, Vicepresidente Primero con entrada N° 2577; Dr. Luis María Benítez Riera, Vicepresidente Segundo con entrada N° 2576; Dr. Antonio Fretes, Ministro con entrada N° 2575; Dra. Gladys Bareiro de Módica, Ministra con entrada N° 2574; Dr. Eugenio Jiménez Rolón, Ministro con entrada N° 2573; Dra. María Carolina Llanes Ocampos, Ministra con entrada N° 2572; Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia con entrada N° 2571; Dr. Alberto Martínez Simón con entrada N° 2570.
Presidente Pedro Alliana Rodriguez con entrada en fecha 23/02/2021 recepcionada por Raquel Riquelme.
Presidente Oscar Rubén Salomón Fernández con entrada en fecha 23/02/2021 recepcionada por Mario Villalba.
Ministra Celilia Pérez Rivas remitida vía correo electrónico en fecha 23/02/2021 aún sin entrada. |
Escribano Roberto W. Escobar González
Presidente
Colegio de Escribanos del Paraguay